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S.C.
Servicios
Actuariales y Financieros
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La Prima de Antigüedad es una obligación laboral que todas las empresas deben de otorgar a sus empleados por disposición de la ley federal del trabajo (art. 162).
La obligación de la empresa consiste en el pago de 12 días de salario por cada año de servicio, con máximo de dos veces el salario mínimo de la región. Las causas por las que se paga la prima de antigüedad son: Muerte, Invalidez, Despido y Retiro Voluntario.
Para obtener una sana política financiera es altamente recomendable constituir una reserva para este fín, que se incremente anualmente por buenos rendimientos logrados mediante una asesoría profesional en inversiones; de esta forma se van afectando los resultados de la empresa, en el año en que se genera este pasivo laboral y no cuando se hace exigible.
La valuación actuarial permite a la empresa conocer el monto de sus pasivos laborales por estos conceptos, así como la forma óptima de financiarlos.
Al elaborar una valuación actuarial de la prima de antigüedad y constituir la reserva físicamente, las aportaciones serán deducibles de impuestos así como los intereses ganados por el fondo serán no acumulables.
Es muy común que este beneficio se incremente en cuanto al número de días o en cuanto a la cantidad misma y generalmente en estos casos las empresas no forman las provisiones adecuadas que debieran, sufriendo así consecuencias económicas que pueden llegar a ser importantes.